COI presentó nueva Policita sobre elegibilidad en la categoria femenina

El Comité Olímpico Internacional (COI), tras la reunión del Comité Ejecutivo realizada el pasado 26 de marzo, anunció oficialmente la nueva política de protección de la categoría femenina en el deporte olímpico, mediante la cual la elegibilidad para competir en eventos del COI, incluidos los Juegos Olímpicos, se limitará exclusivamente a mujeres biológicas.

El documento “Política sobre la protección de la categoría femenina en el deporte olímpico y consideraciones orientadoras para las federaciones internacionales y los organismos rectores del deporte”, ya aprobado y que se aplicará a partir de Juegos Olímpicos de Los Ángeles 2028, busca, entre otros objetivos, limitar la participación en cualquier evento —incluidos deportes individuales y de equipo— solo a mujeres biológicas. Esta condición será determinada mediante una prueba única del gen SRY.

Esto significa que, en caso de que una atleta obtenga un resultado negativo, será elegible para competir en la categoría femenina; en cambio, si el resultado es positivo para dicho gen, no podrá participar en esa categoría.

La prueba es considerada altamente precisa y se realiza mediante saliva, hisopado bucal o sangre, lo que la convierte en un método poco invasivo en comparación con otros. En general, siempre que no existan dudas sobre el resultado, la prueba negativa se realiza solo una vez en la vida.

Para la actual presidenta del COI, Kirsty Coventry, esta política permitirá una competencia justa y segura: “Como exatleta, creo firmemente en el derecho de todos los atletas olímpicos a participar en una competición justa. La política que hemos anunciado se basa en la ciencia y ha sido elaborada por expertos médicos. En los Juegos Olímpicos, incluso los márgenes más pequeños pueden marcar la diferencia entre la victoria y la derrota. Por lo tanto, es absolutamente evidente que no sería justo que hombres biológicos compitieran en la categoría femenina. Además, en algunos deportes, simplemente no sería seguro”.

El origen de la política

La administración del COI recibió la solicitud para crear una política que protegiera la categoría femenina en el contexto del trabajo presentado por el Grupo de Trabajo sobre la Protección de la Categoría Femenina, el cual revisó evidencia científica y diversos documentos que determinaron que el sexo masculino proporciona una ventaja significativa de rendimiento en todos los deportes que dependen de la fuerza, la potencia y la resistencia.

Por consiguiente, la elegibilidad deberá basarse en el sexo biológico, para lo cual el grupo acordó que el método del gen SRY es el más preciso y menos invasivo.

Con estos antecedentes, el COI realizó revisiones y actualizaciones entre septiembre de 2024 y marzo de 2026, las cuales incluyeron objetivos como garantizar la equidad, la seguridad y la integridad en la competición de élite; promover la igualdad; realzar el valor olímpico; y aumentar la visibilidad de la categoría femenina.

Parte de esta revisión incluyó además una encuesta realizada a más de 1.100 atletas de todo el mundo y debates con miembros de la Comisión de Atletas del COI.

¿Quiénes deberán adoptar esta política?

Al tratarse de un documento oficial del COI, esta política deberá ser adoptada por las federaciones internacionales y otros organismos rectores del deporte, como asociaciones continentales, comités olímpicos y federaciones nacionales.

Además, esta publicación reemplaza cualquier declaración anterior relacionada con esta materia, incluido el marco sobre equidad, inclusión y no discriminación por motivos de identidad de género y variaciones sexuales.

Sobre el gen SRY

Es un gen esencial para la determinación del sexo masculino en los mamíferos y responsable de iniciar la cascada de procesos necesarios para la formación de un testículo a partir de una gónada indiferenciada. Se ubica en la región distal del brazo corto del cromosoma Y.

(Fechner PY. The role of SRY in mammalian sex determination. Acta Paediatr Jpn. 1996 Aug;38(4):380-9. doi: 10.1111/j.1442-200x.1996.tb03512.x. PMID: 8840551).

Datos clave de esta política

  • La elegibilidad para participar en cualquier evento de categoría femenina en Juegos Olímpicos o eventos oficiales del COI, a partir de Los Ángeles 2028, será determinada mediante una prueba única del gen SRY.
  • No es retroactiva y no aplica para programas deportivos de base ni recreativos.
  • Las atletas con resultado positivo, incluidas personas transgénero XY y XY-DSD sensibles a los andrógenos, seguirán incluidas en otras clasificaciones para las que cumplan requisitos (categoría masculina, categoría mixta o categoría abierta, siempre que no se clasifique a los atletas por sexo).
  • La prueba del gen SRY se realiza mediante saliva, hisopado bucal o sangre, siendo uno de los métodos más precisos y menos invasivos disponibles. Si el resultado es negativo y no existen dudas, la prueba se realiza una sola vez en la vida.